Reforma al Poder Judicial: hoy 15 de octubre publican en el DOF las leyes secundarias tras su aprobación

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Reforma al Poder Judicial hoy 15 de octubre: Publican en el DOF las leyes secundarias tras aprobación en el Congreso

Se publicó en el DOF una de las leyes secundarias de la Reforma al Poder Judicial; la publicación se dio a unas horas de su aprobación en el Congreso y pese a los errores en su redacción

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Sigue en marcha el proceso para asentar la reforma al Poder Judicial y realizar las elecciones de jueces, magistrados y ministros el próximo 2025; te contamos lo que pasa hoy 15 de octubre.

A dos días de que se haga pública la convocatoria para la elección de jueces, magistrados y ministros, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial.

La publicación de las leyes se dio la noche del 14 de octubre, a unas horas de su aprobación en el Congreso de la Unión, y pese a los errores que fueron encontrados en las iniciativas legislativas.

Cabe destacar que será el miércoles 16 de octubre que se publique la convocatoria para las y los aspirantes a la elección de jueces, ministros y magistrados del Poder Judicial.

Reforma al Poder Judicial: Publican en el DOF las leyes secundarias

Cerca de las 23:30 horas del lunes 14 de octubre se informó que la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, publicó en el DOF la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de la reforma al Poder Judicial.

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Se trata de la ley que establece las bases para que los ciudadanos elijan directamente a los juzgadores a través de modificaciones a más de 10 artículos y la adición de un párrafo al cuerpo legal, y que fue aprobada a las 20:00 de ese mismo 14 de octubre por el Congreso de la Unión.

En dicha ley se indica que la elección de los integrantes del Poder Judicial se realizará mediante mediante sufragio universal, libre, secreto y directo.

“Las personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistradas de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral, magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial, magistradas de los Tribunales Colegiados de Circuito y Tribunales Colegiados de Apelación, juezas integrantes de los Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, así como personas magistradas y juezas de los Poderes Judiciales de las entidades federativas, serán electas por mayoría relativa y voto directo de la ciudadanía conforme a las bases, procedimientos, requisitos y periodos que establece la Constitución, esta Ley y las leyes locales”.

Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de la reforma al Poder Judicial.

Además, se señalan las tareas del Instituto Nacional Electoral (INE), la bases para las elecciones como su fecha y los cargos a elegir por demarcación territorial.

Reforma al Poder Judicial: Se publican leyes secundarias en el DOF pese a errores

Igualmente, destaca que la publicación de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de la reforma al Poder Judicial en el DOF se hizo pese a los errores y observaciones señalados previamente.

Y es que el documento fue aprobado sin cambios en su redacción y contenido, pese a que se señaló que existían errores como la duplicación de artículos.

El documento que se exhibe en el DOF, y que ha sido motivo de crítica, repite la fracción tercera del artículo 533, el cual señala:

“Emitida la declaración de validez de la elección, el Instituto comunicará los resultados a la Sala Superior o a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, según corresponda”.

Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales

Fragmento que se repite en el artículo 534 del Capítulo Séotimo de la Ley:“Entrega de Constancias de Mayoría y Declaración de Validez de la Elección”.

Cabe destacar que los legisladores de Morena, incluído el coordinador de la bancada y Presidente de la Jucopo en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, aceptaron la existencia de errores en la redaccción de la ley.

El diputado morenista afirmó que dicho error se revisaría y sería corregido, no obstante, la publicación de la Ley continuó sin resolver dicha situación y la duplicación de los artículos continúa en el documento presentado en el Decreto del DOF.

(sdpnoti).