¿Cuáles son los alcances de la resolución a favor del aborto de la SCJN?

Aunque se discutió una ley local, los efectos de la resolución a favor del aborto aplicarán para todo el país. Te contamos el porqué

Las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvieron de manera unánime la inconstitucionalidad de la criminalización del aborto, pero ¿qué significa realmente y cuáles son sus alcances?

Aunque lo que discutió el máximo tribunal fue un proyecto para modificar el Código Penal de Coahuila, esta resolución es vinculante y obligatoria para todas las y los jueces en territorio nacional.



Esto se debe a que la última reforma judicial estableció que las decisiones que sean votadas por al menos ocho ministros, serán jurisprudencia para el resto de los integrantes del Poder Judicial de la Federación.

“El proceso con la reforma constitucional de 2021, ahora no solo invalida la norma de Coahuila física que estuvimos analizando, sino que ese criterio, las razones que justificaron nuestra decisión, son obligatorias para todo el país, todos los jueces y tribunales el país tienen que atender esta misma razón”, explicó para Grupo Formula el ministro Luis María Aguilar Morales, quien elaboró el proyecto para erradicar la criminalización del aborto.

Ahora, esto no quiere decir que la interrupción del embarazo esté despenalizada en todo el país, sino que las mujeres que decidan abortar pueden citar este nuevo criterio para evitar ir a prisión.

De esta manera, ninguna autoridad judicial podrá encarcelar a las mujeres que interrumpan su embarazo dentro de las primeras 12 semanas de gestación, pues la jurisprudencia las ampara sobre leyes y códigos locales.

Esta decisión también abre la puerta para que más congresos estatales presenten iniciativas a favor del aborto y que los legisladores estén obligados a aprobarlas, pues la Suprema Corte ya señaló que la prohibición atenta contra la Constitución federal.

Estas reformas ya podrían incluir los planes para que las entidades garanticen por medio de servicios médicos gratuitos el derecho de las personas a interrumpir su embarazo; tal y como ocurre actualmente en Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz.

Cabe destacar que esta resolución sólo aplica para las mujeres que aborten de manera voluntaria, pues las penas seguirán siendo las mismas para quien provoque un aborto en un embarazo deseado; por ejemplo, por medio de golpes o medicamentos.

Nunca más una mujer en prisión por ejercer su derecho al aborto

El ministro presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, celebró la decisión que tomó el pleno este martes y señaló que gracias a ella nunca más una mujer llegará a “prisión por ejercer sus derechos” reproductivos.

Hoy es un día histórico para los derechos de todas las mujeres mexicanas y las personas gestantes, a partir de hoy es un parteaguas en la historia de todos los derechos de todas las mujeres, sobre todo de las más vulnerables.

Arturo Zaldívar

Presidente de SCJN

“Con este criterio unánime del tribunal constitucional, no sólo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, sino se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país”, reiteró Zaldívar.

(Información: Reporte Indigo)