Consejo General del OPLE aprueba diversos Acuerdos presentados por la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos

Como primer punto durante la Sesión Extraordinaria Virtual del Consejo General, determinó por unanimidad que no procede el escrito de desistimiento presentado por la organización ciudadana denominada “Movimiento de Actores Sociales A.C.”, respecto del procedimiento para constituirse como Partido Político Local.

Como siguiente punto, se dio repuesta y se declaró como inoperante la solicitud de prórroga planteada por el representante legal, de la organización “Movimiento de Actores Sociales A.C.

Dando seguimiento a la orden del día, el CG aprobó distintos acuerdos que presentó la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos, en lo que se da contestación a distintas peticiones.

En donde la ciudadana Viridiana Bretón Feito, Alcaldesa del municipio de Ixhuatlán del Café, y los ciudadanos, Pedro Rincón García, Alcalde del municipio de Zentla; Wilbert Luis Luis, actualmente Alcalde del Ayuntamiento de Ixhuatlán del Sureste; Rolando Sinforoso Rosas, Alcalde del municipio de Soconusco; Roberto Carlos Reyes Aguilar, Alcalde del municipio de Naolinco; Raúl Hermida Salto, Alcalde del municipio de Cosamaloapan, preguntaron si se encuentran en condiciones para reelegirse al cargo que actualmente ostentan, ello para las elecciones del siguiente proceso electoral y así seguir ocupando dicho cargo durante el periodo constitucional 2022-2025.

De la misma manera, la ciudadana Mónica Dalid Córdoba Jiménez, Síndica del municipio de Zentla, consultó, si se encuentra en condiciones para reelegirse como síndica.

A lo que el Órgano Comicial, respondió que no se encuentran en condiciones de ser reelegidas o reelegidos para el cargo que actualmente tienen de acuerdo a lo que marca la ley, quedado establecido que las y los ediles electos en el año 2017, no pueden competir para el mismo cargo de conformidad con lo establecido en el Artículo Transitorio Segundo de la Constitución Local.

Por último, cabe señalar que cuando algún ente político, candidatura o ciudadanía en general no coincide con las determinaciones de la autoridad electoral, puede recurrir al sistema de medios de impugnación que opera en materia electoral para que dichas determinaciones sean revisadas por la autoridad jurisdiccional.