Si para abortar necesitas violentar, eres parte del abuso que denuncias
Por: Mario Evaristo González Méndez
La despenalización del aborto en México abre paso a la legalización de esta práctica en todo el país, lo que prevé la revisión de las constituciones estatales para integrar la normativa que garantice el “derecho” de la mujer a elegir sobre su cuerpo.
El tema genera controversias bioéticas que deben ser consideradas por el Estado, pero también por los actores sociales involucrados directamente en la instrumentación de las leyes que normen tal derecho, por ejemplo, el personal médico y de salud.
Cabe decir que no existe el derecho a abortar y, en ese sentido, el acto sólo cabe como eufemismo en los derechos sexuales y reproductivos de la mujer, enunciado como «interrupción del embarazo» (Cfr. ONU-México: Derechos sexuales y reproductivos).
Las estadísticas al respecto son ambiguas; el INEGI, para el año 2019, reportó cerca de 70 muertes maternas a causa del aborto, sin especificar si fue inducido o espontáneo, lo que representó menos del 9% de las 812 muertes maternas ocurridas ese año. Las principales causas de muerte materna en México son padecimientos obstétricos indirectos, trastornos hipertensivos en el embarazo, parto o puerperio y complicaciones del trabajo de parto y del puerperio.
El aborto no es un problema de salud pública, es una posibilidad que reclama un muy reducido sector de la sociedad. Lo que sí evidencian las causas de muerte materna es que, en general, su derecho a la salud se ve limitado por la falta de infraestructura para garantizar el acceso universal a la atención médica de calidad; por otro lado, la interseccionalidad, destaca la influencia negativa de la pobreza, el desempleo y el grado de escolaridad que limitan el desarrollo humano integral de mujeres y hombres, exponiéndolos a la pobreza, la desnutrición, la enfermedad y la violencia.
Los derechos sexuales y reproductivos no serán garantizados con la concesión del aborto que, ante las limitaciones presupuestales del sector salud, será moneda de cambio para la iniciativa privada, de modo que sólo quienes puedan pagarlo podrán acceder a él con cierta comodidad y seguridad. Este movimiento económico generará a su vez un mercado del aborto que incluirá inversión en tecnología, desarrollo farmacológico y mercadotecnia; ¿quién será el verdadero beneficiario?
En los últimos días, el tema que preocupó a los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, fue el derecho a la objeción de conciencia que pone de manifiesto la negativa de gran parte del personal médico y de salud para practicar abortos inducidos por respeto a sus convicciones éticas, religiosas o científicas (porque la conciencia es dato de la ciencia y no la caricatura del amigo imaginario).
La misma conciencia que refiere el alegato de la libertad sobre el cuerpo y el derecho a interrumpir el embarazo es, a su vez, violentada para hacer efectivo un deseo particular agenciado como derecho humano.
Promover e instrumentar el aborto como un derecho humano es un absurdo, es decir, resulta disonante, contrario con el fin que persigue. Por un lado, se exige ampliar los derechos humanos para habilitar la muerte de otro ser humano por motivos de conciencia (pues no desearlo, es motivo de conciencia) lo que otorga el reconocimiento legal implícito al valor inalienable de los motivos de conciencia; sin embargo, con tal de garantizar ese deseo se está dispuesto a desconocer e incluso criminalizar los motivos de conciencia que no cooperen al acto que pretende la muerte de un ser humano.
¡Vaya disparate! Los alegatos del progresismo (que no progreso) cada vez replican con mayor fanatismo el oscurantismo de la inquisición que acusan, las prácticas de la tiranía que denuncian, la ideología del totalitarismo que señalan y el seductor engaño que, tras su marcha, engendra un neofacismo más burdo y quizá por eso, inadvertido para sus partidarios.