Aprueba el Cabildo reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado
Con ello se garantiza los derechos de los migrantes y da facultades al Congreso local para modificar el presupuesto del Gobierno de Veracruz
Xalapa, Ver.- Diversas reformas y adiciones a la Constitución Política del Estado de Veracruz, que permitirán atender la pobreza, garantizar los derechos humanos de los migrantes y que el Congreso local pueda modificar el Presupuesto de Egresos que envíe el titular del Poder Ejecutivo Estatal, aprobaron por unanimidad los miembros del Cabildo durante la Sesión Extraordinaria celebrada este miércoles.
Se autorizó adicionar un párrafo al artículo 6, para que el Estado y los ayuntamientos promuevan el derecho al mínimo vital de la población en situación vulnerable y garantizar su derecho a una vida digna, a la integridad física, a la igualdad, la salud, al trabajo y a la seguridad social. Para ello se contará con un presupuesto y el monto asignado siempre será mayor al aprobado en el ejercicio inmediato anterior.
También se aprobó el Proyecto de Decreto que adiciona el inciso d) a la fracción I del artículo 26 y reforma la fracción XXI del artículo 49 de la Constitución, para que el Gobernador rinda su informe de manera personal ante el Congreso del Estado, entregue el documento por escrito y comparezca ante las y los legisladores, tras la presentación de los secretarios de despacho.
Se avaló el Proyecto de Decreto que adiciona la fracción VII al artículo 67, para que la Editora de Gobierno se desincorpore del Poder Ejecutivo y sea organismo autónomo, con el propósito de cumplir a cabalidad sus funciones y explotar al máximo su labor editorialista y de difusión.
Los miembros del Cabildo aprobaron el Proyecto de Decreto que reforma el párrafo noveno del artículo 4 y adiciona un párrafo séptimo al artículo 5, para reconocer los derechos de los migrantes.
De igual manera, la reforma al artículo 26 fracción I, inciso a) de la Constitución Política del Estado, con lo que el Congreso local podrá examinar, discutir y en su caso modificar y
aprobar el presupuesto que en relación con los ingresos y egresos del año siguiente le sea presentado por el Gobernador, entre el 6 y 10 de noviembre.
Hubo acuerdo unánime para reformar el segundo párrafo del artículo 68, con lo que las candidaturas independientes que participen en la integración de los ayuntamientos tendrán derecho a la asignación de regidurías bajo el principio de representación proporcional. El partido político o la candidatura independiente que alcance mayor número de votos obtendrá la Presidencia y la Sindicatura, y las regidurías se asignarán a cada partido y a la candidatura independiente.
Finalmente, avalaron el Proyecto de Decreto que reforma la fracción III del artículo 58 y adiciona la fracción XV al artículo 56 de la Constitución Política del Estado, que establecería como requisito para ser Magistrado tener título de Licenciado en Derecho, con una antigüedad mínima de diez años, y que da facultad al Poder Judicial del Estado para elaborar un dictamen técnico respecto de los magistrados en posibilidad de ser ratificados.