Caso UPV. Gobierno de Yunes Linares prorroga las violaciones de las anteriores administraciones.

 

Por Juan José Llañes*

En esencia, los trabajadores de la Universidad Pedagógica Veracruzana que depende de la Secretaría de Educación de Veracruz, que hoy comparecieron ante los medios de comunicación (que quisieron y pudieron acudir a su rueda de prensa), dieron a conocer y denunciaron lo siguiente:

1).- Que fueron despedidos en el año 2006, durante el sexenio de Fidel Herrera Beltrán. Después de un juicio laboral largo, penoso y cansado, obtuvieron un laudo favorable a sus intereses que condenó a la SEV a reinstalarlos y a pagarles.

2).- Hasta noviembre de 2014 (ya en el sexenio de Javier Duarte), obtuvieron el cumplimiento del laudo. Para ello, un Juez Federal tuvo que ordenar al Gobernador y al titular de la SEV (Adolfo Mota), que cumpliera la resolución judicial. La resistencia a acatar la ley llevó al Poder Judicial Federal a iniciar un incidente de inejecución. El gobierno de Duarte decidió cumplir el laudo, hasta que un Tribunal Colegiado de Circuito tuvo sobre la mesa un proyecto de separación de cargo en contra de Duarte y de Mota.

3).- Quedó pendiente el tema de la seguridad social: reinstalados y siendo trabajadores en activo de la UPV, la SEV se ha negado a inscribirlos al IMSS y afiliarlos al IPE. El tema se ha agudizado cada vez que algún trabajador o sus beneficiarios (cónyuge, hijos) se enferma, porque se ven obligados a recurrir a la medicina privada y costearla. Cuando alguno de ellos, por enfermedad, se ha incapacitado, se le ha descontado el o los días de incapacidad, porque la SEV no ha admitido la validez de certificados expedidos por médicos privados.

4).- Tras recurrir a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el organismo emitió la Recomendación 04/2017 que, en esencia, define:

a).- Que el proceder de la SEV ha violentado (desde la fidelidad y el duartismo), derechos fundamentales de estos trabajadores; la violación, se prorroga en el actual régimen.

b).- En consecuencia, que debe la SEV reparar: otorgar seguridad social; cubrir los gastos médicos ya generados, y pagar una justa indemnización a los trabajadores a los que consideró víctimas de violaciones a sus Derechos Humanos.

c).- Que debe la SEV sancionar a los responsables.

5).- Destacamos que el precedente directo de esta Recomendación (precedente que cita el propio documento), es la diversa Recomendación 16/2016 que se emitió en relación con las 707 quejas presentadas por jubilados y pensionados el año pasado. Por tanto, el esfuerzo de los derechohabientes del IPE, a quienes también hemos tenido el privilegio de asesorar, rindió un fruto que se extendió a favor de otros trabajadores, en materia de Seguridad Social.

6).- Tras comunicarse la Recomendación a la SEV, esta Secretaría, INEXPLICABLEMENTE, determinó NO ACEPTARLA. En concreto, anuncia que lo hará hasta que un Tribunal la obligue, no cuando el organismo estatal protector de Derechos Humanos se lo recomiende. De tal suerte, las violaciones Derechos Humanos acaecidas durante los mandatos de Herrera y Duarte, el gobierno de Yunes Linares determina, por escrito, que serán prorrogadas.

7).- No se justifica el proceder de la SEV, porque -como bien lo define la CEDHV-, la seguridad social es un derecho humano elemental; como tal, se rige por los principios que la propia Constitución Federal define: universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Cabe mencionar, que los propios trabajadores al tratar de sostener interlocución con la Secretaría de Educación, se les indicó -por parte de su Dirección Jurídica- que la dependencia que encabeza Enrique Pérez Rodríguez evalúa otorgarles seguridad social bajo el criterio de «costo-beneficio».

8).- El tema será del conocimiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que sustanciará el Recurso de Impugnación interpuesto por los trabajadores.

«Viades, Llanes y Asociados» anexa a esta publicación las gráficas del boletín de prensa de los trabajadores; el oficio en donde se les comunicó la negativa de la SEV, y partes medulares de la Recomendación 04/2017, en el entendido de que la propia Comisión sugiere que su divulgación se realice desde el propio Organismo Autónomo a partir de sus versiones públicas, que estará disponible -se espera que pronto- en su página electrónica oficial.