Prohíbe Senado pruebas cosméticas en animales

La reforma avalada por unanimidad con 103 votos a favor señala que también quedan prohibidos los ingredientes que se hayan testeado con seres vivos

El pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad reformas a la Ley General de Salud que establece la prohibición del uso de animales en pruebas para productos cosméticos, así como se establecen la sanción de hasta 14 años de prisión a quienes fomenten o incurran en estas prácticas en México.

La reforma avalada por unanimidad con 103 votos a favor establece que la investigación cosmética no podrá incluir pruebas en animales de ingredientescosméticos, de productos cosméticos finalizados ni de sus ingredientes o la mezcla de ellos.

Se señala que no se realicen pruebas con animales para el uso de cosméticos. Así como también quedan prohibidos los ingredientes que se hayan testeado con seres vivos.

Se propone una pena de dos a siete años de prisión y una multa de más de 170 mil pesos a quienes participen en las pruebas. Y en caso de que se realicen con actos de crueldad o maltrato, la sanción se duplicaría, es decir 14 años de cárcel.

Organizaciones de defensa de los animales, que acudieron al Senado, expusieron que actualmente en México y en muchos países, conejos o ratas son forzadas a ingerir o inhalar ingredientes cosméticos, o se les aplica el ingrediente en su piel afeitada, cada día durante 28 o 90 días. Luego son muertos. Esta prueba incluye la «sensibilización de la piel».

De acuerdo con la Asociación Internacional Libre de Crueldad, se estima que más de 115 millones de animales al año son parte de diferentes procesos de pruebas de cosméticos y químicos que se usan a diario en los hogares.

“No podrán fabricarse, importarse ni comercializar productos cuando en su formulación final medien o hayan mediado pruebas en animales, y cuando contengan ingredientes o combinaciones de éstos que sean o hayan sido objeto de pruebas en animales”, señala el dictamen aprobado.

Se garantiza el derecho a la información del consumidor el etiquetado de los productos cosméticos podrán incluir la leyenda -libre de prueba en animales- en aquellos productos que cumplan con la norma.

Respecto a las sanciones se establece una multa de quince a veinte mil veces el valor de la Unidad de Medida cuando en un establecimiento se practiquen pruebas cosméticas en animales con el propósito de fabricar o comercializar productos cosméticos.

“Sancionar con una pena de dos a siete años de prisión y multa equivalente de doscientas a dos mil veces el valor de la Unidad de Medida de Actualización a quien contrate, autorice, conduzca, participe o desarrolle pruebas cosméticas en animales”.

En tribuna, la senadora por Morena, Ana Lilia Rivera, destacó la importancia de esta reforma que obligará a las empresas a prohibir dichas prácticas y a conducirse con ética y respeto a dichas especies.

(Información: El Universal)