SCJN ordena a militares colaborar en la investigación por la desaparición en 2007 de dos integrantes del EPR en Oaxaca

SCJN ordena a militares colaborar en la investigación por la desaparición en 2007 de dos integrantes del EPR en Oaxaca

La SCJN otorga amparo a familiares de dos personas desaparecidas por militares en Oaxaca en 2007
Foto: Cuartoscuro

A 15 años de la desaparición forzada de dos integrantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR) en Oaxaca por parte de policías y militares de la entidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a sus familiares para que las autoridades judiciales colaboren en el esclarecimiento de los hechos.

La SCJN falló a favor de las familias de Gabriel Alberto Cruz Sánchez y Edmundo Reyes Amaya, integrantes del Ejército Popular Revolucionario (EPR) que desaparecieron en Oaxaca en 2007.

La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la policía estatal y municipal del estado fueron señaladas como responsables de la desaparición de las víctimas. Por ello, la SCJN falló que se debe tomar el testimonio de los mandos militares que estaban en funciones en 2007, además, la Fiscalía General de la República (FGR) deberá publicar los avances en su sitio web.

La Primera Sala de la SCJN pidió al Ejército permitir a las familias de Cruz Sánchez y de Reyes Amaya su búsqueda con libertad hasta agotar todas las líneas de investigación en su caso, debido a violaciones sus derechos humanos.

“Son imperativas la cooperación determinada, la colaboración y la sensibilidad de todas las instituciones del Estado mexicano, por lo tanto, las autoridades judiciales están obligadas a aplicar un estándar probatorio atenuado para considerar acreditada esta violación a los derechos humanos”, señaló la SCJN.

“La Primera Sala reconoció que los familiares de dos personas desaparecidas tienen el derecho a conocer las circunstancias de la desaparición y lo ocurrido con sus seres queridos, a saber quiénes fueron los responsables, a agotar todas las posibilidades para encontrarlos, a tener acceso a información y a medidas de reparación”, dice el comunicado.

En caso de comprobarse desaparición forzada, las autoridades de amparo pueden imponer medidas tendientes con el fin de lograr la reparación integral por vulnerar los derechos de identidad, integridad personal y libertad.

Tras el fallo, las familias de las víctimas junto con organizaciones de personas desaparecidas y defensoras de los derechos humanos aplaudieron la decisión de la SCJN y dijeron que fue un logro histórico.

“Hemos dicho que ya había sido un logro que el caso de Gabriel y de Edmundo llegara a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y hoy con este fallo reafirmamos esa lucha y ese esfuerzo de 15 años que nos llevó que este caso fuera traído por la SCJN. Les decimos ahora al gobierno federal que mantendremos otra lucha para que se cumpla lo que se ha emitido en esta resolución”, dijo una integrante de las organizaciones en conferencia de prensa.