Las deudas del IMSS Bienestar

Falta de recursos, dobles funciones y opacidad: las dudas sobre la llegada del IMSS-Bienestar

 

Este 1 de septiembre se creó oficialmente y por decreto del presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, el organismo público descentralizado (OPD) IMSS-Bienestar, una institución pública, con personalidad jurídica (capacidad de autoregirse) y patrimonio propios. 

Esto quiere decir que podrá firmar acuerdos y celebrar convenios sin depender de una autoridad superior y tendrá infraestructura, personal y todo lo necesario para brindar servicio a quien será su población objetivo: la que no tiene seguridad social. 

De esta forma nace una nueva institución que, en la práctica, sustituye al Instituto Nacional de Salud para el Bienestar (Insabi), que tiene como función principal justo atender a la población sin seguridad social y que también es un OPD, aunque sectorizado en la Secretaría de Salud.

El problema es ese, que ahora hay dos organismos descentralizados que, uno por decreto, y otro por la Ley General de Salud tienen la misma encomienda, explica David Sánchez Mejía, especialista en derecho y salud pública.

En la Ley General de Salud, se señala que será el Insabi quien atienda a la población sin seguridad social, eso no se ha reformado, por lo tanto, con el decreto parece que habría dos instituciones dedicadas a lo mismo, coincide Juan Ortiz, especialista en Gestión Pública y director de LupaLegislativa, un proyecto digital para explicar a la ciudadanía qué hace el gobierno y cómo lo hace. 

La reforma a la Ley de Salud es imprescindible para evitar duplicidad y que quede bien claro, a qué se va a dedicar el Insabi y cuáles son los alcances de esto. Pero no solo eso, dice David Sánchez Mejía, sino que también haría falta la reforma a esta Ley porque está enfocada a la federalización y lo que quieren hacer ahora es transitar a la centralización. 

Para operar, el IMSS-Bienestar firmará acuerdos con los estados que deseen adherirse a él (hasta ahora van 15 los que ya manifestaron que lo harán) y que le transferirán su infraestructura y su personal. Aquí hay otro problema, porque hasta el momento hay estados que tienen firmados acuerdos con el Insabi, hay otros (ocho en total), como Nayarit, Colima y Tlaxcala, que firmaron acuerdos, desde febrero, con el IMSS ordinario y ahora hay otros que los van a firmar con el IMSS-Bienestar. 

“Acá no se sabe y el decreto no lo dice, si es que el IMSS ordinario le va a transferir al IMSS-Bienestar la infraestructura y personal que ya le transfirieron los estados con los que ya firmó acuerdos o qué va a pasar con esto”, dice Sánchez Mejía. 

Lo que sí dice el decreto es que la atención a la población sin seguridad social, el IMSS Bienestar la dará con los recursos presupuestarios, materiales, humanos, financieros y de infraestructura que le transfieran los gobiernos de las entidades federativas, con los recursos del FASSA (Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud), así como con recursos federales que se determinen (de estos no se aclara en el decreto cuáles serán y cuánto es el monto).

De nuevo el problema de los recursos

Y otra vez, como con Insabi, no se habla de un incremento en el presupuesto para atender a una población mayor de la que ya se atendía y con mayores servicios, dice Judith Senyasen Méndez, Coordinadora de Salud y Finanzas del Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP). 

Además, agrega la analista, no se menciona si se incluirá el tercer nivel de atención, el que brindan los hospitales e institutos de alta especialidad donde se atienden los padecimientos y requerimientos de salud más complicados. Solo se habla de primer y segundo nivel, que incluye solo las especialidades médicas básicas: pediatría, ginecología, medicina interna, cirugía, anestesiología y urgencias. 

Una parte positiva del decreto, dice Senyasen Méndez, es que este IMSS-Bienestar contará con un órgano de vigilancia designado por la Secretaría de la Función Pública (SFP), que, entre otras tareas, vigilará la administración de los recursos, podrá realizar auditorías y recomendar medidas preventivas y correctivas, lo que en suma permitiría transparentar y eficientar los recursos.

Pero, señala la analista, “hay que estar pendientes de la presentación del Paquete Económico 2023 para ver si la creación del IMSS-Bienestar se acompaña con el presupuesto necesario para cumplir con su función”.  

Otra cosa de lo que hay que estar pendientes, destacan los especialistas, es qué va a pasar con el Fondo de Salud para el Bienestar (Fonsabi), antes (con el Seguro Popular al que sustituyó este Instituto) Fondo de Protección contra Gastos Catastróficos.

El Fonsabi no está mencionado en ninguna parte del decreto, por lo tanto no se sabe qué va a pasar con él, destacan los especialistas, lo que sí se menciona es que el IMSS-Bienestar podrá crear un fideicomiso (otro), en caso de ser necesario, pero no se dan más detalles al respecto. 

Un aspecto más que los especialistas ven problemático es que no se ha hecho (y tampoco es parte del decreto) un diagnóstico de por qué el Insabi falló en su tarea de concretar todo esto y llevar atención a la población que no tiene afiliación a las instituciones de salud, ni tampoco se dice cómo hará ahora el IMSS-Bienestar para tener éxito en esta tarea. 

“Cada que hablan de los avances que ya se tiene en los estados donde ya opera el IMSS-Bienestar, las autoridades hablan de un diagnóstico que han hecho en cada estado, pero este no es público, más allá de lo que se dice en las conferencias mañaneras del presidente, no sabemos si se les dio prioridad a los que tienen más necesidad, y no se conoce un diagnóstico de todos, que además permita saber cuánto de presupuesto se necesita”, subraya Senyasen Méndez. 

Respecto a cómo funcionará este nuevo OPD, el decreto señala que tendrá un director general, que nombrará el presidente de la República, y una junta de gobierno, que va a integrarse con la persona titular del Instituto Mexicano del Seguro Social, quien la presidirá y tendrá voto de calidad, y los titulares de la Secretaría de Salud, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; la Secretaría de Bienestar, cuatro órganos normativos del Instituto Mexicano del Seguro Social, que designe la persona titular de la Dirección General, y un representante del Sindicato mayoritario al que estén afiliados los trabajadores.

La Junta de Gobierno deberá instalarse en un periodo no mayor a tres días naturales posteriores a la publicación del decreto (30 de septiembre de 2022). Y el término para la expedición del Estatuto Orgánico deberá hacerse en un plazo no posterior a sesenta días naturales a partir de la instalación de la Junta de Gobierno (30 de noviembre de 2022)

Este organismo podrá celebrar convenios de colaboración con el IMSS en materias tales como: planeación, administración, personal, finanzas, jurídica, capacitación y evaluación. Su base de operaciones estará en la Ciudad de México, pero podrá tener oficinas de representación en los estados o en regiones, pero siempre y cuando esto no incremente el presupuesto. 

La publicación de las bases para recibir bienes muebles e inmuebles de las entidades federativas con las que celebre convenios de coordinación deberán realizarse en un plazo de 90 días después de la expedición del Estatuto Orgánico (28 de febrero de 2023).