La paridad de género debe cumplirse en Veracruz: OPLE-VER

XALAPA, Veracruz, México.

En sesión de trabajo, el Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz reiteró los cambios realizados al Reglamento de Candidaturas a Cargos de Elección Popular relacionados con la asignación de Diputaciones plurinominales y de las Regidurías en los 212 Ayuntamientos, cuando uno de los dos géneros esté subrepresentado.
 
Lo anterior, al dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), en la que le ordenó fundamentar las razones que motivaron a trasladar el ajuste que antes se realizaba respecto al partido político con menor votación, al que obtenga en la elección correspondiente el mayor número de sufragios.

Por lo que el OPLE consideró, en el acuerdo aprobado por mayoría de votos la noche de este lunes, que la reforma a los artículos 151, párrafo 2 y 153, párrafo 2 de dicho ordenamiento persigue un fin constitucionalmente válido.
 
En el razonamiento de la autoridad administrativa, se señala que la paridad de género es un principio constitucional transversal, que tiene como finalidad alcanzar la participación igualitaria de las mujeres en la política y en los cargos de elección popular.
 
“Realizar el ajuste de paridad en los partidos con mayor porcentaje de votación maximiza el derecho de participación política de las mujeres en la integración del órgano representativo de la voluntad popular, al contar con mayores elementos que le permitan participar de forma efectiva y determinante en la toma de decisiones”, se reitera.
 
Se puntualiza que con independencia del origen partidista de la candidatura o candidaturas en las que corresponde realizar los ajustes de género, la asignación correspondiente atiende a los principios de autoorganización de los partidos políticos, a la voluntad ciudadana depositada en las urnas y a la paridad en la conformación del órgano legislativo. (Con información oficial del OPLE-VER).