La naturaleza de la libertad de expresión
Por: Felipe De Jesús Fernández Basilio
Empezamos el año con una serie de acontecimientos nacionales e internacionales que tienen como centro de atención a la libertad de expresión y por ello, considero pertinente hacer una serie de precisiones respecto a lo que es en sí dicho término y de los alcances que puede tener.
Hagamos un breve resumen de las cosas que han sucedido en estos días y así tenemos que las principales redes sociales decidieron bloquear las cuentas que en ellas tiene el presidente de Estados Unidos como consecuencia de la asonada frustrada que convocó hace unos días para tratar de impedir la certificación de los resultados electorales en los que resultó derrotado, acciones que por cierto se sumaron a toda una serie de represalias que diversos actores tanto empresariales como gubernamentales tomaron en contra de Trump tocándolo en donde más le duele que son sus negocios.
Ante ese bloqueo en redes sociales el presidente mexicano reaccionó diciendo palabras más, palabras menos que se trata de una censura inadmisible y de un ataque a la libertad de expresión y que para evitar que a él le ocurra lo mismo, creará una red social propia del gobierno, de la cual no recuerdo ni tampoco creo que sea importante saber como se llamaría, pero lo más seguro es que si se llega a hacer solo será usada por sus seguidores cibernéticos y quedará sin seguidores, tal y como desgraciadamente ha sucedido con los canales de televisión que son propiedad del Estado.
Pero a la vez que López se ha lamentado de los supuestos ataques a la libertad de expresión de los que según él ha sido víctima su homólogo estadounidense, él mismo ha comenzado una campaña para desaparecer al INAI (Instituto Nacional de Acceso a la Información) y hacer que el gobierno asuma sus funciones; acción que de llevarse a cabo sería un golpe demoledor en contra de la libertad de expresión, ya que se privaría a los ciudadanos en general y a los periodistas y opinadores en particular de toda la información que el gobierno no quiera proporcionar o se les sujetaría a la información que éste quiera dar, sin importar si es veraz o no porque no habría un tercero imparcial ante quien recurrir.
Y por último el mismo López dice que también se le quiere censurar cuando el INE ordena bloquear la trasmisión de sus conferencias de prensa cotidianas durante el tiempo que duren las campañas electorales cuando dicha medida es sólo el acatamiento a las normas electorales que existen en México y que fundamentalmente prohíben la exhibición de cualquier funcionario público en época electoral por lo cual no existe censura alguna y mucho menos si se suspende la transmisión de esos programas cuyo contenido es más parcial que cualquier anuncio publicitario de un partido político.
Ya que vimos los hechos ahora veamos qué es la libertad de expresión y tenemos que se trata de un derecho conquistado en muchos países por los individuos para que sus Estados no solo los dejen opinar libremente sobre cualquier cuestión, sobre todo de política sino para que también los Estados les proporcionen la información necesaria para hacerlo, ya que no hay que olvidar que el derecho a la transparencia de la información es parte del derecho a expresar las ideas, ya que no serviría de nada si esa información no se puede difundir o comentar libremente.
Por lo tanto, los sujetos que pueden ejercer ese derecho son cualquier persona que desee informar u opinar sobre algo y los sujetos obligados a respetarlo son los Estados que deben de permitir esas opiniones y además respetarlas siempre que no vayan en contra del orden público, la cual es la limitante a ese derecho.
Con esta definición cae en falsedad la afirmación de que el presidente de los Estados Unidos fue coartado en su libertad de expresión al ser bloqueadas sus cuentas en las redes sociales por la sencilla razón de esas redes no son del Estado, sino que son empresas privadas que pueden hacer lo que quieran con su infraestructura y de acuerdo a las leyes del mercado serán los usuarios los que decidan si las quieren utilizar o no.
En resumen, Trump no fue coartado en la difusión de sus opiniones por el Estado norteamericano y por ello su libertad de expresión no fue vulnerada y eso mismo aplica para el caso de que a López le pase lo mismo, serán empresas privadas las que lo excluyan de sus redes mas no el Estado que es el único sujeto obligado a respetar la libertad de expresión.
En donde sí hay existe un ataque por parte del Estado mexicano a la libertad de expresión es en el intento de extinguir al INAI, ya que ese órgano autónomo es el garante de que se transparente la información pública, la cual es una de las materias primas para ejercer la libertad de expresión y sobre todo si se pretende sustituir a esa instancia independiente del gobierno por dependencias del mismo.
Y cuanto a la suspensión de las conferencias de prensa en tiempos electorales tampoco se trata de un ataque a la libertad de expresión debido a que esas conferencias las conduce el Presidente de la República, quien no solo da información sesgada y parcial a sus intereses sino que también ataca de manera soez a quienes considera sus adversarios; razones por las cuales resulta ajustado a derecho limitar la exhibición de esos programas durante el periodo que duran las campañas electorales, ya que la ley de la materia ordena que se suspenda todo contenido gubernamental durante ese periodo y con más razón si ese contenido es de corte electorero tal y como acontece con el de esas conferencias.
Así que en conclusión podemos decir que el derecho a la libertad de expresión sólo obliga a los entes públicos, siendo esa su naturaleza y por ello ese es el parámetro para saber si tal o cual situación es un ataque a la libertad de expresión o no lo es; es decir si un gobierno bloquea o prohíbe la expresión y difusión de ideas existe un ataque a la libertad de expresión mientras que en cualquier otro caso no lo hay.
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