Consejero jurídico de AMLO no declara departamento de 1.7 mdd en Nueva York
El consejero jurídico del Ejecutivo federal Julio Scherer Ibarra es propietario de un departamento en el Upper East Side de Manhattan, Nueva York, a cuadra y media de Central Park, que no está en ninguna de sus declaraciones patrimoniales públicas presentadas ante la Secretaría de la Función Pública desde que inició su función como servidor público, y del cual todavía en octubre de 2020 pagó impuestos.
Este departamento fue adquirido en enero de 2014 por un pago de 1.7 millones de dólares, que en ese momento equivalía a 22 millones de pesos, según consta en las escrituras del inmueble, de las que EL UNIVERSAL tiene copia, así como del registro de propiedad que certifican la compra de esta propiedad por parte de Scherer Ibarra.
Desde que lo adquirió en 2014 y hasta 2020, el consejero ha pagado los impuestos año con año por tener el departamento en una de las zonas residenciales más exclusivas de la ciudad estadounidense, vecina de uno de los parques más famosos del mundo.
El aviso de valor de propiedad, el historial de pagos de impuestos y el registro de la propiedad, que fueron revisados por El Gran Diario de México a través de la plataforma del Departamento de Finanzas de la Ciudad de Nueva York, demuestran que el dueño del inmueble es Julio Scherer Ibarra y que paga 11 mil dólares al año en impuestos, unos 218 mil pesos.
El último pago se hizo en octubre pasado, cinco meses después de su última declaración patrimonial emitida ante la Secretaría de la Función Pública (SFP) y publicada en el sitio Declaranet, donde no aparece la propiedad.
El departamento está ubicado en el número 530 de Park Avenue en Manhattan, Nueva York, a cuadra y media del Central Park, a una cuadra de la Quinta Avenida y a nueve minutos caminando de la Torre Trump.
Es un edificio construido en 1941 y fue vendido por Diamond 530 Park Avenue Owner LLC en enero de 2014 a Julio Scherer.
En la declaración patrimonial inicial, presentada el 26 de diciembre de 2018, semanas después del inicio de la autollamada Cuarta Transformación, el consejero jurídico declaró que tenía dos propiedades. Ambos son departamentos y los dos fueron dados en cesión en noviembre de 2018, pero no se menciona el departamento de Manhattan.
Declaró también ser propietario de seis autos de lujo y fundador de un despacho que dirigió hasta un día antes de la toma de protesta, donde fue representante legal de grandes empresas. También dijo haber sido director general de dos empresas en las últimas dos décadas y que tuvo ingresos mensuales por salario de servidor público e ingresos de “otros” por más de medio millón de pesos mensuales.
Consultado al respecto, el equipo del consejero jurídico respondió que la propiedad en Park Avenue fue cedida a la ahora exesposa del consejero y envió un acta notariada del 15 de febrero de 2019, donde se explica que Julio Scherer exhibió una copia certificada del convenio y sentencia de divorcio que en la cláusula cuarta, apartado uno, del convenio de divorcio en cuestión se estipuló que “los bienes de la sociedad conyugal pasarán a ser propiedad 100% de su cónyuge” y que la sentencia de divorcio tiene fecha de octubre de 2015.
A pesar de esto, a 21 meses de esta acta notariada, en el sistema de propiedad de Nueva York Scherer Ibarra continúa siendo el dueño, pues el cambio de propietario o responsable del departamento de 78 metros cuadrados no se ha realizado y sigue siendo del consejero jurídico.
No es el único caso en la 4T
En enero de 2019, un mes después del inicio de su administración, el presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que “quien no declare sus bienes no tiene cabida en este gobierno”. Un mes después, el periódico Reforma publicó que dos secretarios del gabinete no declararon el total de sus bienes.
La secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, y el entonces secretario de Comunicaciones y Transportes Javier Jiménez Espriú tenían sendos departamentos en Texas, Estados Unidos. Ambos justificaron la omisión de estos inmuebles en sus declaraciones patrimoniales de forma diferente.
La titular de la Segob explicó en la mañanera que ella había declarado esa propiedad, pero que la SFP ocultó la información. AMLO descalificó al medio que publicó la información.
“En un primer momento [sí reservó la información]. Ella, en utilización de su prerrogativa, de su derecho a ciertas reservas para proteger datos de terceros [hizo la reserva], sin saber que Declaranet en automático protege los derechos de terceros”, declaró la titular de la SFP, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros.
Mientras, en el caso de Jiménez Espriú el departamento había sido cedido a una empresa de la cual él era fundador, pero “de manera previa a mi regreso como funcionario público las acciones de esa sociedad, que se encontraban a mi nombre, pasaron a la titularidad de mi hijo Javier Jiménez Gutiérrez. En consecuencia, si bien Javier Jiménez Gutiérrez se desempeña como administrador de tal sociedad, su servidor no tiene relación alguna con ella”, explicó el exfuncionario mediante un comunicado.
El caso del departamento de Julio Scherer no está a nombre de algún tercero, persona física o moral. Los documentos contienen su nombre completo, fechas de pago y está señalado como el dueño del inmueble en Park Avenue, Manhattan.
Miguel Flores, dueño de una empresa de bienes raíces en Nueva York, explicó que el único propietario, “si no se ha hecho el traspaso, sigue siendo el mismo que compró el inmueble”.
Todos tienen que declarar
En el sitio de Declaranet se responde a la pregunta sobre quiénes son los que están obligados a declarar y, de acuerdo con lo que señala el último párrafo del artículo 108 constitucional y la Ley General de Responsabilidad Administrativas, todas las personas que se desempeñan como servidores públicos tienen que hacerlo. El artículo 60 indica que sería una falta grave del servidor público la falta de veracidad en la presentación de las declaraciones de situación patrimonial y derivaría en una investigación por parte de las autoridades.
Al respecto, Lourdes Morales, coordinadora de la Red por la Rendición de Cuentas, explica que “es una falta no grave cuando se comete un error no intencional. Mentir puede constituir una falta grave o un delito, puesto que se oculta porque no hay forma de probar el origen lícito de los ingresos, de ahí la relevancia de investigar”, subraya.
*Tomado de Universal