El interés superior de la niñez

Mario Luis Fuentes*

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La semana pasada el Consejo Nacional para la Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) y el UNICEF-México, presentaron el Informe sobre Pobreza y Derechos Sociales de las Niñas, Niños y Adolescentes, 2014. Los resultados presentados derivan, fundamentalmente, de los resultados de la medición multidimensional de la pobreza, 2014, y permiten dimensionar el grado de incumplimiento de los derechos asociados a las dimensiones que el Coneval estima con base en el mandato de la Ley General de Desarrollo Social.

Las condiciones descritas en el texto son dramáticas; y en números absolutos la suma ha crecido, de tal forma que, en 2014, de los 42 millones de niñas y niños que había en el país, 21.4 millones se encontraban en condiciones de pobreza, cifra que equivale al 53.9% de la población menor de 18 años.
A pesar de lo relevante que resulta esta medición, lo que no se ha conseguido es la construcción de un diagnóstico que dé cuenta del conjunto de los derechos que la Constitución y la Ley General en la materia les reconocen, por ejemplo, a pesar de la relevancia de la medición del Coneval, ésta no da cuenta del grado de incumplimiento del derecho a vivir protegidos contra toda forma de violencia, abuso o maltrato; como tampoco lo hace respecto del derecho al juego, a la participación, a un medio ambiente sano, a la intimidad, entre otros considerados en la Ley y en la propia Convención sobre los Derechos de la Niñez.
Al respecto debe destacarse lo preocupante del hecho de que, además de que esas agendas no se cumplen, tampoco forman parte de las agendas de discusión sobre las políticas públicas relativas al cumplimiento de los derechos humanos de la niñez mexicana.
De ahí la insistencia de que varios hemos hecho desde hace años, en torno a construir una nueva medición integral que dé cuenta del grado de cumplimiento de los derechos humanos en el país y en ese marco generar mediciones y diagnósticos específicos, desagregados por grupos etarios y sexo de las personas.
Desde esta perspectiva, podemos decir que hemos sido omisos en la generación de una plataforma comprensiva conceptualmente hablando, y abarcante e integral desde la visión de las políticas públicas, en lo relativo a los avances y rezagos que persisten en torno al incumplimiento de los derechos de la niñez.
Lo anterior, hay que comprenderlo, no se trata de un “sistema” o “subsistema más de información”. Se trata antes bien, si se comprenden a cabalidad las implicaciones del Principio del Interés Superior de la Niñez, contemplado en el artículo 4º de la Constitución, del piso esencial del que se debe partir para la construcción de los instrumentos de planeación del Estado, así como también de los criterios con que se diseñan, desde el Presupuesto Federal, hasta los de los estados y los municipios.
La relevancia del tema la ha mostrado ya la Suprema Corte de Justicia de la Nación a través de diferentes sentencias en las que ha hecho valer al citado principio; lo cual muestra el nivel de compromiso que deberían tener todos los gobiernos, en todos sus órdenes niveles, respecto de la agenda de los derechos la niñez.
Lo que todavía no permea en las administraciones federal y locales, es el mandato relativo a que ninguna decisión pública puede tomarse sin poner a las niñas, niños y adolescentes siempre primero en la consideración de las implicaciones de actuar en uno u otro sentido.
Aplicar en sentido estricto el principio del Interés Superior de la Niñez implica trazar como mandato ético, pero expresado en metas e indicadores precisos, que ninguna niña o niño se quedará atrás en el acceso al desarrollo y al más amplio marco de oportunidades para una vida mejor. Estamos ante el reto de construir las bases para un México apropiado para la niñez; y de no lograrlo, podrá afirmarse que, civilizatoriamente, habremos fracasado.
Twitter: @ml_fuentes
*Colaboración.