Empresarios veracruzanos se quejan ante la CEDH
Este lunes los proveedores de bienes y servicios a los que el Gobierno de Veracruz decidió no pagarles, acudieron a la Comisión Estatal de Derechos Humanos a presentar una queja. Quienes integran la Asociación Civil «Empresar SOS» (que encabeza Jesús Castañeda Nevárez), fueron recibidos por la Presidente de ese organismo, la Dra. Namiko Matsumoto Benítez.
Nuestro Corporativo Jurídico considera pertinente hacer algunas precisiones en relación con las quejas presentadas este lunes 22, en las oficinas de este organismo, en esta ciudad capital:
1).- Existen violaciones a Derechos Humanos.
Este es el punto toral, y debe advertirse que es así, porque más allá de que el gobierno de Veracruz haya fincado tratos de carácter comercial con particulares, Miguel Ángel Yunes Linares -actuando como titular del Poder Ejecutivo- usó su investidura y las facultades que tiene como gobernador, para evadir el pago a los empresarios: dispuso en un «Acuerdo» (en el que recapituló sus atribuciones como gobernador), que los acreedores del gobierno («presuntos» acreedores, les llamó), tenían que sujetarse a un procedimiento kafkiano, indefinido, opaco y lesivo, antes poder aspirar a que se les pagara.
2).- Miguel Ángel Yunes -autoritario como es- no resistió la tentación de colocarse frente a los empresarios con «acuerdos» y «decretos» en la mano. No advirtió que su doble discurso habilitó a la instancia tutelar de los Derechos Humanos: por una parte, minimizó las quejas de los empresarios aludiendo a que versaban sobre «tratos comerciales», mientra que, por otro lado, usaba sus atribuciones para decretar -por sí y ante sí- lo que, de facto, no fue sino una moratoria. Fracturó, entonces, el esquema de coordinación que caracteriza a los contratos mercantiles, y decidió ubicarse en el de supra-subordinación que tanto le agrada, porque le agradan las peleas desiguales: él, con el poder del Estado.
3).- Los empresarios acuden a la CEDHV a denunciar que en Veracruz se fracturó el más elemental principio de institucionalidad republicana. El gobernador ignoró en todo momento que el gobierno se rige por un principio de continuidad que trasciende a las personas que ocupen, temporalmente, cargos públicos. Habló de las «deudas de Duarte» y de «sus deudas», como si viviéramos en la Francia de Luis XIV. Lo cierto es que decidió que no pagaría ni las del que está preso ni las suyas. Y en todo caso, se debe dejar claro que no son deudas personales, sino del Gobierno del Estado de Veracruz, sea quien sea titular del Poder Ejecutivo.
4).- El Gobierno de Veracruz determinó que todos aquellos que se ostentaban como sus acreedores estaban obligados a demostrar que no intentaban defraudar al Erario. Los llamo «empresas fantasma», «cómplices de Duarte» y otros tantos epítetos que lesionaron la dignidad de personas; más aún: se les dio trato de delincuentes y se les conminó a acreditar que no lo eran para poder acceder a un pago, en fecha indeterminada.
Los empresarios sostienen que se violó su PRESUNCIÓN DE INOCENCIA.
Al respecto, debe precisarse que los diferentes constructos que ha elaborado la Corte y la Comisión Interamericanas de Derechos Humanos, sostienten la obligación del Estado de no hacer juicios apriorísticos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha precisado también los alcances de este principio: «PRESUNCIÓN DE INOCENCIA. ALCANCES DE ESE PRINCIPIO CONSTITUCIONAL. El principio de presunción de inocencia que en materia procesal penal impone la obligación de arrojar la carga de la prueba al acusador, ES UN DERECHO FUNDAMENTAL que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce y garantiza EN GENERAL, cuyo alcance TRASCIENDE la órbita del debido proceso, pues con su aplicación se garantiza la protección de otros derechos fundamentales como son la DIGNIDAD HUMANA, la libertad, LA HONRA y el BUEN NOMBRE, que podrían resultar vulnerados por actuaciones penales o disciplinarias irregulares. En consecuencia, este principio OPERA también en las SITUACIONES EXTRAPROCESALES y constituye el DERECHO A RECIBIR LA CONSIDERACIÓN y el trato de «no autor o no partícipe» en un hecho de carácter delictivo o en otro tipo de infracciones mientras no se demuestre la culpabilidad; por ende, otorga el derecho a que no se apliquen las consecuencias a los efectos jurídicos privativos vinculados a tales hechos, EN CUALQUIER MATERIA». (Tesis 2a. XXXV/2007, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XXV, mayo de 2007, p. 1186).
5).- Los empresarios acudieron a la CEDHV confiando en su autonomía. Ello, sin embargo, no es obstáculo para identificar que se cometieron delitos por parte de servidores públicos: el dinero que se debía destinar a sus pagos, debía estar presupuestado y disponible desde el instante mismo en que se les contrató para prestar un servicio, vender un bien, o hacer una obra pública. Si el dinero de su pago no llegó a sus manos, evidentemente se desvió. Eso es PECULADO. No obstante, también debe decirse fuerte y claro: la Fiscalía General del Estado NO ES UN ENTE CONFIABLE, ante su evidente sumisión al Poder Ejecutivo.
Las quejas serán nutridas, se hará llegar el soporte documental necesario, y se espera que en un lapso breve, SEA QUIEN SEA el Gobernador del Estado, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Veracruz emita la Recomendación correspondiente, que deje en claro que no se trata de personas «a las que quedó a deber Duarte», sino víctimas de violación a sus Derechos Fundamentales.
(«VIADES, LLANES Y ASOCIADOS». Comunicado. EMPRESARIOS, SE QUEJAN EN LA CEDHV).