UPAV incumple con ley de Transparencia: IVAI

 

 

  • Anteriormente dio vista a rector y subdirector administrativo; hoy ante nueva irregularidad les pide informen medidas adoptadas.
  • Si algún funcionario o autoridad tiene conocimiento de violación a la norma debe inhibir continuidad del acto contrario a la ley: IVAI.

 

Xalapa, Ver., 17 de agosto de 2016.- Tras la sesión pública de hoy, el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) requirió al Rector y al Subdirector Administrativo de la Universidad Popular Autónoma de Veracruz (UPAV) para que informen qué acciones han adoptado ante la conducta infractora de su titular de la unidad de transparencia, luego de que ya se les había notificado que en diversos expedientes no se había cumplido con los principios de publicidad, sencillez, gratuidad, expeditez y oportunidad que exige la ley de la materia.

 

Esto, luego de resolver el expediente IVAI-REV/358/2016/I en el que se vuelve a cometer una irregularidad; en este caso, falta de respuesta a una persona que requirió diversa información como: histórico del número de alumnos y profesores por programa académico, región, modalidad educativa y nivel de educación ya sea media superior, licenciatura, maestría o doctorado 2011-2016; monto de remuneraciones pagadas a profesores; número de planteles y su capacidad, tarifa de cobros que se hacen a estudiantes, entre otros.

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Anteriormente, en los expedientes IVAI-REV/05/2015/II y acumulado, IVAI-REV/923/2015/I y acumulados, IVAI-REV/930/2015/II e IVAI-REV/931/2015/II, el Instituto exhortó a la UPAV para que diera cabal cumplimiento a los procedimientos y términos establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado, respecto a la tramitación de las solicitudes de información que se le formulasen.

 

Luego, en el expediente IVAI-REV/68/2016/II, el órgano garante ordenó dar vista al rector y al contralor interno de la Universidad respecto del proceder indebido del titular de la unidad de transparencia al no haber dado cumplimiento a la tramitación de solicitudes pese a los exhortos realizados.

 

Dado que la normatividad interna de la UPAV no contempla la figura de contralor, como su Manual General de Organización contiene el cargo de subdirector administrativo, que entre su funciones tiene las de aplicar las sanciones a que se hagan acreedores los trabajadores y verificar y comprobar que las áreas cumplan con las normas y disposiciones –funciones iguales a las de un contralor– se ordenó notificarle el comportamiento observado.

 

 

 

El actuar del titular de la unidad de transparencia ha generado perjuicio y retraso en el cumplimiento al derecho de acceso a la información, por lo que el IVAI tomó estas determinaciones para asegurar que los sujetos obligados cumplan con los procedimientos que permitan que todos los ciudadanos puedan tener asegurado este derecho humano fundamental.

 

La acción que hoy toma el organismo es atendiendo al principio general de derecho que establece que si algún funcionario público o autoridad tiene conocimiento de la violación de las normas de orden público, se encuentra obligado a realizar actos que eviten la continuidad del hecho contrario a la ley.

 

Por lo que el rector y el subdirector administrativo fueron apercibidos de que en caso de no dar respuesta o no acreditar el haber adoptado alguna medida para evitar la actuación ilícita del titular de la unidad, se les impondrá alguna de las medidas de apremio establecidas en la ley de la materia.

 

Además, el Instituto ordenó al sujeto obligado que proporcione al solicitante de manera gratuita la información que forma parte de sus obligaciones de transparencia y que no se encuentra en su portal.

 

En la sesión pública realizada el día de hoy por el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales se resolvieron 38 recursos de revisión.